Sigue generando polémica en la prensa y opinólogos, la norma aprobada por el Congreso para incorporar a la Carrera Pública Magisterial a docentes nombrados interinamente durante la vigencia de la ley N° 24029.
La incorporación de docentes nombrados interinamente durante la vigencia de la ley N° 24029 y que fueron cesados en el 2014, ha generado polémica. El exviceministro de Gestión Pedagógica, Guillermo Molinari sugiere a la prensa y los opinólogos que afirman, atenta con la Carrera Pública Magisterial, revisar los antecedentes que sustentan la norma.
¿Se justifica el rechazo? El Dr. Molinari afirma que debemos analizar los documentos normativos expedidos para el tratamiento de incorporación de los docentes interinos
LA EVALUACIÓN “EXCEPCIONAL” DE DOCENTES INTERINOS
No fue aplicada adecuadamente. Es aquí donde debemos precisar la inconsistencia entre el propósito, el objetivo y los procedimientos de evaluación. Ese fue el cuestionamiento de los demandantes al someterse a una evaluación solo de conocimientos.
No se tuvo en cuenta su competencia pedagógica, didáctica, formación, experiencia y méritos obtenidos durante los tiempos de servicio a la docencia.
NOMBRADOS INTERINAMENTE Y TITULADOS DESPUÉS DE LA LEY 29944
Estos docentes debieron ser evaluados por desempeño. Conforme a lo dispuesto en los artículos 23 al 25 de esa misma ley y no por conocimiento a la que fueron sometidos. Ellos gozaban de relativa estabilidad laboral y acreditaban no menos de veinte años de servicios en la enseñanza pública.
Los que obtuvieron su título pedagógico dos años después de entrar en vigencia la Ley 29944, debieron ser evaluados por desempeño o capacidades didácticas. No a través de una prueba de conocimientos y habilidades básicas.
No se les aplicó el modelo de evaluación establecido en la propia LRM para el ingreso a la CPM (Se obvió los aspectos previstos en la etapa descentralizada). Fue la única evaluación realizada para despedir docentes a través de una prueba de conocimientos durante el período de vigencia de la LRM.
En conclusión, debemos conocer mejor la aplicación de las normas antes de elevar opinión.